Finalmente, los abogados de la TOTA SANTILLÁN enviaron un comunicado de prensa a los diferentes programas para impedir que FERNANDA WIDMER nombre a ROBERTO DANIEL CARIAS.
Con la finalidad de dar precisiones al convenio celebrado entre el señor Daniel Ricardo Carias (La Tota Santillán) y la señora. Maria Fernanda Widmer (Fernanda Vives) por indicación de su cliente el Sr. Cairas, Estudio Vera ®, informa lo siguiente:
1º) El Sr. Carias fue requerido en mediación privada por la Sra. Widmer. El procedimiento no era obligatorio para él porque el único bien que poseen en común es un inmueble ubicado en la ciudad de Castelar, provincia de Bs. As. No existen otros bienes a disolver porque a la pareja la unía una relación de concubinato.
El Sr. Cairas decidió concurrir voluntariamente –a través de sus abogados apoderados– a todas las audiencias (fueron 4 en total). La Sra. Widmer sólo concurrió a la primera y a la última.
El convenio celebrado, comprende la división de ese único bien aunque el requerimiento contemplaba una suma en efectivo en compensación por la división de distintos bienes muebles. Ese planteo fue rechazado por ser improcedente y contrario a la ley, y por no tratarse de una sociedad conyugal. Además, se convino una suma fija mensual a favor de la Sra. Widmer por la ocupación que en forma exclusiva hace el Sr. Carias respecto del inmueble. Esta obligación finaliza el día en que el departamento se venda. Debe destacarse que no se trata de una cuota de alimentos.
En otro orden, fuera del marco de la mediación, el día 4 de agosto de 2008, a las 12,20 horas, el Sr. Carias notificó formalmente a la Sra. Widmer que deberá abstenerse en lo sucesivo de hacer mención en medios de comunicación sobre su persona, de acuerdo al ejercicio de los derechos inherentes a su imagen, y también porque todos sus nombres y seudónimos son marca registrada.
Debido a que estando notificada la Sra. Widmer en violación a los derechos antes referidos, en varios medios televisivos se refirió al Sr. Carias, como así expresó que éste “la había robado”. En consecuencia, se iniciaran acciones legales tanto en sede penal por los delitos de calumnias e injurias y sede civil por los daños y perjuicios ocasionados.
Se aclara que a la fecha de este Comunicado de Prensa, la Sra. Widmer jamás notificó al Sr. Carias, de que hará uso de su derecho de imagen.
Dr. José María Vera
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